DE INTERÉS SOBRE EL TRANSPORTE URBANO
La ORDEN del 9 de noviembre de 2020 publicada en el DOG el martes día 10, modifica la Orden del 4 de noviembre por la que se establecen medidas de prevención específicas como consecuencia de la evolución de la situación epidemiológica derivada de la COVID-19 en la Comunidad Autónoma de Galicia:
El aforo máximo permitido en los autobuses queda limitado de la siguiente forma:
*Se podrá ocupar la totalidad de los asientos. Se mantendrá la separación máxima cuando el nivel de ocupación lo permita.
*Se establece como límite de ocupación máxima una sexta parte de las plazas de pie, procurando que las personas mantengan entre sí la máxima distancia posible.
Se recuerda la obligatoriedad del uso de mascarilla en el transporte público. No se podrá consumir alimentos en el interior de los vehículos y deberán, igualmente y en la medida de lo posible, evitar consumir bebidas, conversar o mantener cualquier otro contacto directo con otras personas ocupantes de dicho vehículo.